1C04023 · Mercancías · Conducción y tacógrafo
Caso 1C04023: pausas y límite de conducción bisemanal
La respuesta correcta es H. El límite que deja 26 horas disponibles es el de dos semanas, y el error del día 18 está en las pausas. Sumar todos los minutos de descanso sin comprobar cómo se distribuyen conduce a una alternativa equivocada.
Caso del banco oficial de competencia profesional: mercancías. Explicación y variación de TítuloTransporte.
Comprobación del contenido: .
Enunciado oficial 1C04023
El Sr. Ruiz ha conducido, el mes de enero, el vehículo matrícula XXX FNJ cuya MMA es de 9.000 kg. Este vehículo, dotado de tacógrafo analógico, fue el único con el que trabajó ese mes. Durante las primeras semanas del mes, las conducciones diarias del Sr. Ruiz han sido: -Lunes, 2 de enero: 9 horas. -Martes, 3 de enero: 8 horas. -Jueves, 5 de enero: 8 horas. -Domingo, 8 de enero: 10 horas. -Lunes, 9 de enero: 10 horas. -Martes, 10 de enero: 10 horas. -Jueves, 12 de enero: 9 horas. El día 18 de enero, efectuó las siguientes actividades laborales: -02:00 a 04:30: conducción del vehículo matrícula XXX FNJ. -Pausa/descanso. -05:00 a 06:00: conducción del vehículo matrícula XXX FNJ. -Pausa/descanso. -06:05 a 07:05: conducción del vehículo matrícula XXX FNJ -Pausa/descanso. -07:25 a 10:45: conducción del vehículo matrícula XXX FNJ. -Pausa/descanso. RESPONDA A LAS SIGUIENTES CUESTIONES: ¿Existe alguna infracción al R (CE) 561/2006 entre el 2 y el 12 de enero? ¿Cuántas horas puede conducir, como máximo, respetando lo establecido en el R (CE) 561/2006, el resto de la semana que comienza el día 9 de enero? ¿Existe alguna infracción al R (CE) 561/2006 el día 18 de enero?
Opciones de respuesta
Resolución paso a paso
Ver solución y explicación
Respuesta oficial: H. A) No, no hay ninguna infracción. B) 26 horas. C) Sí, porque realiza una conducción superior a 4 h. y media sin haber efectuado las pausas reglamentarias.
Al reanudar a las 07:25 sigue conduciendo sin haber completado la pausa reglamentaria. H es la opción precisa: no hay la infracción diaria alegada en las opciones B, D, E o G; quedan 26 horas; el día 18 supera las cuatro horas y media sin la pausa exigida. Los 30, 5 y 20 minutos no se convierten por suma en una pausa válida.
1. Suma cada semana por separado
Del lunes 2 al domingo 8: 9 + 8 + 8 + 10 = 35 horas. Del lunes 9 al jueves 12: 10 + 10 + 9 = 29 horas. El domingo 8 pertenece a una semana y los días 9 y 10 a la siguiente; no son tres ampliaciones en una misma semana.
2. Aplica los dos topes que limitan lo que falta
El tope semanal deja 56 − 29 = 27 horas. El de dos semanas consecutivas deja 90 − 35 − 29 = 26 horas. Hay que respetar ambos, así que la respuesta pedida es 26 horas, además de organizar jornadas y descansos admisibles.
3. Reconstruye la mañana del día 18
Conduce 2 h 30 min, hace 30 min de pausa, conduce 1 h, pausa 5 min y conduce otra hora. A las 07:05 acumula 4 h 30 min de conducción. La pausa posterior dura 20 min. No ha completado una pausa de 45 min ni un fraccionamiento válido de al menos 15 min seguido de al menos 30 min.
4. Sitúa el incumplimiento y selecciona
Al reanudar a las 07:25 sigue conduciendo sin haber completado la pausa reglamentaria. H es la opción precisa: no hay la infracción diaria alegada en las opciones B, D, E o G; quedan 26 horas; el día 18 supera las cuatro horas y media sin la pausa exigida. Los 30, 5 y 20 minutos no se convierten por suma en una pausa válida.
Errores habituales
- Responder 27 horas mirando solo el máximo semanal.
- Contar domingo, lunes y martes como una única semana.
- Aceptar 30 + 5 + 20 por superar en total 45 minutos.
Comprueba si has entendido el método
Variación original de TítuloTransporte; no pertenece al banco oficial
En la semana anterior un conductor acumuló 40 horas. En la actual lleva 30, incluyendo los tramos de hoy que se describen a continuación. Hoy conduce 2 horas, descansa 20 minutos, conduce 2 horas y media y descansa 25 minutos. ¿Cuántas horas permite aún el límite de dos semanas y puede reanudar inmediatamente tras esos 25 minutos?
Ver solución y explicación
Respuesta correcta: D. 20 horas; no, la segunda fracción debe alcanzar al menos 30 minutos.
- Máximo de dos semanas: 90 − 40 − 30 = 20 horas. El máximo semanal por sí solo dejaría 26.
- La primera pausa de 20 minutos supera el mínimo de 15. La segunda de 25 no llega al mínimo de 30.
- Debe completar la pausa exigida antes de continuar; el cómputo de la semana no elimina la obligación de pausa.
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Si necesitas trabajar la teoría que hay detrás de estas decisiones, revisa el programa del curso y elige cómo preparar el examen.
Ver el curso de mercancíasFuentes del caso
- Ministerio de Transportes: banco de casos de mercancías, archivo cm_260326.zip · Archivo cm1C.txt
- Reglamento (CE) 561/2006: artículos citados y excepciones aplicables
Código: 1C04023. Referencia del banco: Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 6; Reglamento Comunitario (CE) 561/2006, art. 7
La fecha acredita la comparación del contenido y el cálculo, no una revisión jurídica profesional.