Qué puede fallar
Qué puede salir mal al incorporar un gestor
Conviene separar el cumplimiento de los requisitos, la coherencia documental y la coordinación diaria. Una discrepancia necesita revisión; sus consecuencias dependen de los hechos.
Una persona que figura, pero no ejerce funciones
Figurar formalmente como gestor no sustituye el ejercicio real de las funciones. El ROTT concreta esas tareas en el artículo 112. Su artículo 198.17 contempla que no desarrollar alguna de ellas constituye un supuesto de incumplimiento de los requisitos para obtener o mantener una autorización, en los términos de ese precepto. La valoración del caso depende de lo que realmente ocurra.
Un vínculo que no corresponde a la situación real
Un contrato o una participación societaria no deben tratarse como un mero trámite. El vínculo exigido y la operativa deben encajar con la situación real de la empresa y del gestor. Una cuota o una firma por sí solas no acreditan ese encaje.
Ver las vías de incorporación y cuándo pueden encajar.
Documentos y operativa que se contradicen
Hay señales que conviene aclarar: funciones pactadas sin acceso a la información necesaria, un acuerdo que no coincide con el trabajo diario, responsabilidades sin definir o cambios posteriores que nadie revisa. Estas discrepancias pueden dificultar la gestión y la acreditación de la relación; no implican una consecuencia automática en todos los casos.
